Condiciones de Emisión y Monto de los Títulos Públicos Nacionales


BONOS EXTERNOS GLOBALES EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 11,375% 2000-2010 (BGX11)
 
			  		 COTIZACION AUTORIZADA                                
                                                                                
            BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN                
             DOLARES ESTADOUNIDENSES 11,375%  2000-2010  (BGX11)                
                                                                                
     DE CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO POR E MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION 
 ESTA BOLSA HA RESULTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA ADMISION A LA 
 COTIZACION DE LOS TITULOS DENOMINADOS BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA  
 ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 11,375%  2000-2010 (BGX11) POR LA SUMA    
 DE V/N U$S 1.000.000.000.-, CUYAS PRINCIPALES CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DE 
 EMISION SE CONSIGNAN A CONTINUACION:                                           
                                                                                
 EMISION RESUELTA POR: RESOLUCION NRO.167 DEL 13.03.00 DEL MINISTERIO DE ECONO- 
 MIA, DE ACUERDO CON LO PREVISTO POR LAS LEYES NROS. 24.156 Y 25.237, LOS DECRE 
 TOS DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL NROS.1161/94 Y 436/99 Y LA RESOLUCION NRO.    
 5/2000 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DE ESE MINISTERIO.                         
                                                                                
 FECHA DE EMISION: 15 DE MARZO DE 2000.                                         
                                                                                
 FECHA DE VENCIMIENTO: 15 DE MARZO DE 2010.                                     
                                                                                
 MONEDA DE PAGO: DOLARES ESTADOUNIDENSES.                                       
                                                                                
 AGENTE FINANCIERO: BANKERS TRUST COMPANY.                                      
                                                                                
 AMORTIZACION: INTEGRA AL VENCIMIENTO.                                          
                                                                                
 INTERES: DEVENGARAN UNA TASA DE INTERES DEL 11,375% ANUAL, PAGADERA SEMESTRAL- 
 MENTE LOS DIAS 15 DE MARZO Y 15 DE SETIEMBRE DE CADA A/O, COMENZANDO EL 15 DE  
 SETIEMBRE DE 2000, DEVENGANDOSE EL PRIMER PAGO DE INTERESES A PARTIR DEL 15 DE 
 MARZO DE 2000.                                                                 
 SE TOMARA COMO BASE PARA EL CALCULO DE LOS SERVICIOS DE INTERESES MESES DE 30  
 DIAS DIVIDIDOS POR AÑOS DE 360 DIAS.                                           
                                                                                
 FORMA Y DENOMINACION DE LOS BONOS: SE EMITEN TITULOS GLOBALES NOMINATIVOS CUYA 
 DENOMINACION MINIMA SERA DE U$S 1.000.- Y MULTIPLOS ENTEROS DE ESA CIFRA.      
                                                                                
 NEGOCIACION: ESTOS BONOS SE NEGOCIARAN A TRAVES DEL SISTEMA DE CLEARING DE DTC 
 EUROCLEAR, CLARSTREAM BANKING S.A. Y CAJA DE VALORES S.A.                      
                                                                                
 CODIGO ISIN: US040114FC91.                                                     
                                                                                
 RANGO: LOS TITULOS CONSTITUIRAN OBLIGACIONES DIRECTAS, INCONDICIONALES,COMUNES 
 Y NO SUBORDINADAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA; LA QUE COMPROMETERA SU PLENA FE   
 Y CREDITO POR EL PAGO PUNTUAL Y DEBIDO DEL CAPITAL, LOS INTERESES Y CUALQUIER  
 MONTO ADICIONAL CON RESPECTO A LOS TITULOS Y POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PACTOS 
 CONTENIDOS EN LOS MISMOS.                                                      
                                                                                
 COTIZACION: ADEMAS DE EN ESTA BOLSA DE COMERCIO DE BS.AS., COTIZARAN EN LA DE  
 LUXEMBURGO.                                                                    
                                                                                
 TRATAMIENTO IMPOSITIVO: CONFORME SURGE DEL DICTAMEN QUE LA DIRECCION NACIONAL  
 DE IMPUESTOS EMITIERA SEGUN MEMORANDO 171/2000, LOS TITULOS DE QUE SE TRATA    
 GOZAN DE LOS BENEFICIOS QUE ACUERDA EL ART.36 BIS DE LA LEY NRO. 23.576, EXI-  
 MIENDOLOS:                                                                     
 - DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, POR LAS OPERACIONES FINANCIERAS Y PRESTACIO- 
 NES RELATIVAS A LA EMISION, SUSCRIPCION, COLOCACION, TRANSFERENCIA, AMORTIZA-  
 CION, INTERESES Y CANCELACION.                                                 
 - DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS POR LOS INTERESES, ACTUALIZACIONES Y AJUSTES DE 
 CAPITAL, COMO ASI TAMBIEN LOS RESULTADOS PROVENIENTES DE LA COMPRAVENTA, CAM-  
 BIO, PERMUTA, CONVERSION Y DISPOSICION, CON LA LIMITACION ESTABLECIDA EN EL    
 ART.4TO.DEL DECRETO NRO.1076/92 PARA AQUELLOS SUJETOS COMPRENDIDOS EN EL TITU- 
 LO VI DE LA LEY DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS (T.O.1997 Y SUS MODIFICACIONES).  
                                                                                
 DE ACUERDO CON EL REGIMEN LEGAL VIGENTE EN LA REPUBLICA ARGENTINA, EL IMPUESTO 
 SOBRE LOS BIENES PERSONALES NO ALCANZA A LOS TITULOS, BONOS Y DEMAS TITULOS    
 VALORES EMITIDOS POR LA NACION, LAS PROVINCIAS Y LAS MUNICIPALIDADES, PERTE-   
 NECIENTES A SUJETOS DEL IMPUESTO DOMICILIADOS O RADICADOS EN EL EXTERIOR, YA   
 SEA QUE DICHOS TITULOS HAYAN SIDO EMITIDOS CON ARREGLO A LAS LEYES ARGENTINAS  
 O A REGIMENES LEGALES DE PAISES EXTRANJEROS.                                   
 NO OBSTANTE, LO INDICADO, EXCEPTO QUE SE TRATE DE TITULOS PUBLICOS EMITIDOS    
 CON SUJECION A REGIMENES LEGALES DE PAISES EXTRANJEROS, CORRESPONDERA LA 
 APLICACION DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES, CUANDO LOS TITULARES DIRECTOS 
 DE LOS BIENES MENCIONADOS EN EL PARRAFO ANTERIOR SEANSOCIEDADES, EMPRESAS, 
 ESTABLECIMIENTOS ESTABLES, PATRIMONIOS DE AFECTACION O EXPLOTACIONES DOMICILIADOS 
 O EN SU CASO RADICADOS EN EL EXTERIOR, QUE POR SU NATURALEZA JURIDICA O    
 SUS ESTATUTOS TENGAN POR ACTIVIDAD PRINCIPAL REALIZAR INVERSIONES FUERA DE LA  
 JURISDICCION DEL PAIS DE CONSTITUCION Y/O PUEDAN EJERCER EN ELLA OPERACIONES   
 Y/O INVERSIONES EXPRESAMENTE DETERMINADAS, EN TANTO SU CAPITAL SE ENCUENTRE    
 REPRESENTADO POR TITULOS VALORES QUE NO SE CONSIDERAN NOMINATIVOS DE ACUERDO   
 CON EL REGIMEN LEGAL APLICABLE EN EL REFERIDO PAIS.                            
 CUANDO RESULTE DE APLICACION LO SE/ALADO EN EL PARRAFO PRECEDENTE, EL TRIBUTO  
 DEBERA SER INGRESADO POR LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS MINI- 
 MAS PRESUNTA, LAS SUCESIONES INDIVISAS RADICADAS EN LA REPUBLICA ARGENTINA Y   
 TODA OTRA PERSONA DE EXISTENCIA VISIBLE O IDEAL DOMICILIADA EN ELLA EN LA ME-  
 DIDA QUE TENGAN EL CONDOMINIO, POSESION, USO, GOCE, DISPOSICION, DEPOSITO, TE- 
 NENCIA, CUSTODIA, ADMINISTRACION O GUARDA DE LOS TITULOS.
                                                                                
 A PARTIR DEL DICTADO DE LA LEY 25.063, DE CREACION DEL IMPUESTO A LA GANANCIA  
 MINIMA PRESUNTA, LOS SUJETOS DEL MISMO, DOMICILIADOS O UBICADOS EN EL PAIS,    
 QUE SE MENCIONAN A CONTINUACION: SOCIEDADDES, ASOCIACIONES CIVILES, FUNDACIONES, 
 EMPRESAS O EXPLOTACIONES UNIPERSONALES, FIDEICOMISOS, FONDOS COMUNES DE   
 INVERSION Y ESTABLECIMIENTOS ESTABLES, DEBERAN INCORPORAR LOS TITULOS, LETRAS, 
 BONOS Y DEMAS TITULOS VALORES QUE POSEAN AL CIERRE DE CADA EJERCICO FISCAL EN  
 LA DETERMINACION DE LA BASE DE IMPOSICION DEL MENCIONADO TRIBUTO.              
                                                                                
 LA NEGOCIACION DE ESTOS BONOS, PODRA EFECTUARSE EN ESTE AMBITO BURSATIL  
 LUEGO DE ACREDITADA SU REGISTRACION EN LA CAJA DE VALORES S.A.     
                                                                                       
 

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